Abogado de Despido en Sabadell | Reclamaciones con Escuder Abogados
Guía práctica: qué hacer el mismo día que te despiden, cómo firmar y qué documentos guardar para reclamar a tiempo. Plazo legal de 20 días hábiles. Escuder Abogados.
1/26/20266 min leer


Hola, soy Luis Escuder. Si estás leyendo esto, probablemente acabas de recibir una carta de despido (o un “ya no vuelvas mañana”) y tienes la cabeza llena de preguntas: ¿esto es legal?, ¿me corresponde indemnización?, ¿tengo paro?, ¿cuánto tiempo tengo para reclamar?, ¿qué hago hoy?
Cuando hablamos de Abogado de Despido en Sabadell, no hablamos solo de “ir a juicio”. Hablamos de proteger tus derechos desde el minuto uno, porque el despido es una de esas situaciones en las que un error pequeño (firmar algo sin leer, dejar pasar días, no pedir documentos) puede costarte dinero… y opciones.
En esta guía te explico, de forma cercana y con base legal, cómo se analiza un despido en España, qué tipos existen, cuándo es procedente, improcedente o nulo, qué plazos tienes para actuar y cómo lo trabajamos en Escuder Abogados para que no vayas a ciegas.


Lo más urgente: el plazo para reclamar es muy corto
Te lo digo con claridad porque es lo que más me duele ver en despacho: gente con un caso defendible que llega tarde.
La Ley reguladora de la Jurisdicción Social establece que el trabajador puede reclamar contra el despido dentro de los veinte días hábiles siguientes al día en que se produjo. Es un plazo de caducidad, y además aclara que no se computan sábados, domingos ni festivos en la sede del órgano jurisdiccional.
Conclusión práctica: si dudas, muévete ya. Aunque aún no tengas todo claro, lo importante es no perder el plazo.
Qué convierte un despido en “legal” o “ilegal” (y por qué no basta con una carta)
Muchas empresas creen que con entregar un papel ya está todo hecho. Pero la ley exige causa y forma, y cuando una de las dos falla, el despido puede ser impugnable.
Además, la norma diferencia claramente entre:
Despido disciplinario (por conducta del trabajador).
Extinción por causas objetivas (por causas económicas, organizativas, ineptitud, etc.).
Y otras vías (colectivos, etc., según el caso).
Cada modalidad tiene requisitos distintos. Y ahí es donde un abogado de despido en Sabadell te ayuda a identificar el punto débil real: no el que “parece injusto”, sino el que la ley permite atacar.
Tipos de despido más comunes (y cómo se sostienen en la ley)
1) Despido disciplinario: cuando la empresa te acusa de un incumplimiento “grave y culpable”
El Estatuto de los Trabajadores dice que el contrato puede extinguirse por decisión del empresario mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.
La misma norma lista ejemplos de incumplimientos: faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad, indisciplina o desobediencia, ofensas, transgresión de la buena fe, disminución continuada y voluntaria del rendimiento, embriaguez habitual o toxicomanía con repercusión negativa, y acoso, entre otros.
Lo que pasa en la vida real: muchas cartas vienen “cargadas de adjetivos” pero flojas en hechos. Y en despidos disciplinarios, la carta es la columna vertebral del caso.
La ley exige que el despido disciplinario se notifique por escrito, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha de efectos.
Además, si no se ajusta a la forma, la norma prevé que el despido puede ser improcedente por defectos formales.
2) Despido objetivo: cuando la empresa se apoya en causas “técnicas” o de situación
El Estatuto contempla la extinción por causas objetivas.
Lo importante aquí no es solo la causa, sino el cumplimiento estricto de requisitos formales.
La empresa debe:
Comunicar por escrito expresando la causa.
Poner a disposición del trabajador simultáneamente una indemnización de 20 días por año, prorrateada por meses, con máximo de 12 mensualidades (con matices si alegan causa económica y justifican imposibilidad).
Dar un preaviso de 15 días.
Y durante el preaviso, el trabajador tiene derecho a una licencia de seis horas semanales para buscar empleo sin pérdida de retribución.
Traducción práctica: el despido objetivo se gana muchas veces por errores de forma (indemnización mal calculada, no entregada, preaviso defectuoso, causa mal explicada).
Procedente, improcedente o nulo: la diferencia que cambia tu vida
Esta parte es la que más dinero mueve.
Despido procedente
En disciplinario, la norma dice que será procedente cuando quede acreditado el incumplimiento alegado.
Despido improcedente
En disciplinario, también indica que será improcedente “en caso contrario” o cuando la forma no se ajuste a lo exigido.
Cuando un despido se declara improcedente, el Estatuto establece que el empresario puede optar, en cinco días, entre readmitir o indemnizar. Y fija la indemnización en 33 días de salario por año de servicio, prorrateando por meses, con máximo de 24 mensualidades.
Despido nulo
Aquí hablamos de otra liga. El Estatuto establece que, si la decisión extintiva tiene como móvil causas de discriminación prohibidas por la Constitución o la ley, o si hay violación de derechos fundamentales y libertades públicas, la decisión será nula (y el juzgado debe declararlo incluso de oficio).


improcedente suele ser “no acreditan causa o fallan formas”; nulo es “han vulnerado derechos fundamentales”
Qué hacer el mismo día que te despiden (para no perder fuerza)
1) Firma con cabeza y deja constancia correcta
El objetivo no es “aceptar” el despido, sino acreditar que te lo han entregado. Firmar la carta no significa que estés de acuerdo, pero cómo firmas sí puede influir después. Si te presionan para firmar “conforme”, mala señal. Lo sensato es firmar solo como recibido, pedir copia y guardar cualquier documento que te den (carta, finiquito, liquidación, etc.). Recuerda que el despido disciplinario debe comunicarse por escrito, con hechos y fecha de efectos, y estos detalles importan muchísimo si luego reclamamos.
2) Asegura documentos y actúa dentro del plazo legal
Ese mismo día (o al siguiente como máximo) conviene reunir lo básico: carta de despido, nóminas, contrato, cuadrantes/horarios si existen, y cualquier comunicación relevante. Y, sobre todo, no lo dejes “para cuando estés mejor”, porque el plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos (no cuentan sábados, domingos ni festivos). Ese plazo es de caducidad, así que si se pasa, el caso puede quedarse sin recorrido aunque el despido sea defendible.

Por qué Escuder Abogados puede ser tu mejor opción en un despido en Sabadell
Te lo digo sin postureo: en un despido no gana quien grita más. Gana quien llega antes, con pruebas, con cálculo, y con un plan.
En Escuder Abogados trabajamos los despidos con una idea clara:
Que no pierdas el plazo (20 días hábiles).
Que identifiquemos si tu despido es disciplinario u objetivo y si cumple forma y causa.
Que, si procede, defendamos improcedencia con base legal y con la indemnización correcta (33 días/año, máximo 24 mensualidades).
Y que, si hay indicios de vulneración de derechos, no dejemos pasar la posibilidad de nulidad.
Si te han despedido y estás en Sabadell o alrededores, mi consejo es simple: no lo lleves solo. Un despido bien reclamado se nota en el resultado. Y un despido mal planteado, también.
Si estás dentro de plazo, todavía estás a tiempo
Si te han entregado una carta de despido (o te han comunicado el cese) y quieres saber si puedes reclamar, hazlo con calma, pero hazlo ya. El plazo de 20 días hábiles corre.
Tráeme la carta, tus últimas nóminas y cualquier comunicación relevante. Yo me encargo de aterrizarlo: qué tipo de despido es, qué puedes conseguir y cuál es el camino más inteligente para ti.
Porque un despido no tiene por qué ser el final. Pero sí debe ser el momento en el que tú recuperas el
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